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Corte Suprema

GUEDES JUAN RAMON s/S/REC. DE CASACION

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Juan Ramón Guedes y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal, remitiendo a los fundamentos de Fallos 328:137. La ministra Argibay votó en disidencia por declarar improcedente el recurso por inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1176. XLII. REX
Recurso extraordinario Casacion penal Revocacion Remision a precedente Fallos 328:137 Procedencia Inadmisibilidad (disidencia) Defensoria oficial Nuevo fallo Art. 280 cpccn

Actor/Recurrente: Juan Ramón Guedes, representado por el Dr. Juan Carlos Sambuceti (h), Defensor Oficial.

Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal.

Tribunal interviniente previo: Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia dictada en la causa penal seguida a Juan Ramón Guedes (recurso de casación).

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo conforme al presente. Por brevedad, la mayoría remite a los fundamentos de Fallos 328:137, dictaminado por el señor Procurador Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El fallo no desarrolla argumentos propios. El considerando único expresa: "Que al caso resulta aplicable lo resuelto en Fallos: 328:137 a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Propone declarar improcedente el recurso. Esta posición quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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