MAURO HUMBERTO c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas de amparo por el corralito bancario y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los depositantes el derecho a recuperar sus depósitos convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, con descuento de los pagos previos.
¿Quién es el actor?
Mauro Humberto y otros (conjunto de causas acumuladas de amparo, entre ellas "Buchuk", "Bruto", "Cabido", "Ciardullo", "Dworski", "De la Fuente", "Domínguez", "García", "Gómez", "Hitt", "Knipscheer", "La Camera", "Leo", "Martínez", "Navasal", "Orquera", "Padin", "Paponi", "Puricelli", "Rinero", "Sancho", "Trobo", "Tortora" y "Vogliotti").
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y, en cada caso, la entidad bancaria correspondiente.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reintegro de depósitos bancarios en dólares inmovilizados por las medidas económicas dispuestas por las leyes 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02 (conocido como "corralito"), mediante acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas en el pleito y las entregadas por medidas cautelares. El reconocimiento queda limitado al monto fijado por la cámara y excluye los casos de depósitos canjeados por bonos del Estado o aplicados a fines específicos normativamente previstos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen. Las actuaciones se devuelven directamente a primera instancia para la notificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27/12/2006) por ser las cuestiones sustancialmente análogas, y el juez Fayt se remite a su voto en la causa "Apiriz" (P.914.XLII, 6/03/2007). Conforme a esos precedentes, el tribunal fija el régimen de reintegro antes descripto, con la aplicación de la tasa de cambio, el CER y la imputación de pagos a cuenta, según la causa "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680).
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
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