DIAZ CARLOS REGINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario del actor en un reajuste previsional y revocó la sentencia apelada en el alcance fijado por el precedente Sánchez. Ordenó adecuar el plazo de cumplimiento al art. 21 de la ley 26.153, con costas confirmadas según Flagello.
¿Quién es el actor?
Carlos Regino Díaz.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional (movilidad de la prestación).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró parcialmente procedente el recurso ordinario, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Sánchez", confirmó lo decidido en materia de costas en concordancia con "Flagello" y adecuó el plazo de cumplimiento al art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las objeciones del titular vinculadas con la necesidad de revisar el criterio adoptado en el fallo 'Chocobar', suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."
"resulta abstracto el tratamiento de los planteos de inconstitucionalidad de los artículos 16, 17 y 23 de la ley 24.463, pues dichas normas han quedado derogadas según lo dispuesto por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma citada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."
"la impugnación constitucional formulada contra la ley 25.344 y la prohibición de indexar contenida en la ley 25.561, resulta genérica y falta de fundamento pues el actor ni siquiera intenta demostrar el perjuicio concreto que la aplicación de esas normas podría ocasionarle, lo cual lleva a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."
"las críticas vinculadas con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa 'Flagello' (Fallos: 331:1873), votos concurrentes y disidencias, a cuyas consideraciones cabe remitir por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 19, 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
- ChocobarCSJN
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