SORRIDI S.A. c/ HOSPITAL ARGERICH Y OTRO s/PREPARA VIA EJECUTIVA
Sorridi S.A. planteó un reclamo contra el Hospital Argerich, y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires interpuso recurso de hecho contra la sentencia que lo afectaba. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente publicado en Fallos: 323:3924.
¿Quién es el actor?
Sorridi S.A.
¿A quién se demanda?
Hospital Argerich (el recurso de hecho lo interpone el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto analizado.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Se ordena el dictado de un nuevo pronunciamiento por el tribunal de origen conforme a lo decidido, y se exime a la recurrente del depósito previsto en el art. 286 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte reciben adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 323:3924 (votos de la mayoría y concurrente del juez Vázquez), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."
La resolución no desarrolla fundamentos propios; la motivación se remite íntegramente al precedente citado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Acordada 47
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Sorridi S.A. c/ Hospital ArgerichCSJN · Fallos 323:3924
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.