GUEVARA CRISANTA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIAD SOCIAL s/S/ IMPUGNACION DE RESOLUCION
La ANSeS interpuso recurso ordinario de apelación contra la sentencia que, revocando la de primera instancia, declaró aplicable la ley 23.604 a un segundo beneficio previsional de la actora, con reintegro de los haberes percibidos indebidamente. La Corte Suprema declaró procedente el recurso, revocó la sentencia apelada y ordenó ajustar el reajuste del beneficio al art. 79 de la ley 18.037, remitiendo a los fundamentos del precedente Scordomaglia (Fallos: 324:3709).
¿Quién es el actor?
Crisanta Guevara.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de revisión de beneficio previsional, en el marco de una medida cautelar.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS, revocó la sentencia apelada en los términos indicados y dispuso que el reajuste del beneficio se practique conforme al art. 79 de la ley 18.037.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del organismo previsional suscitan el examen de temas sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en el precedente 'Scordomaglia' (Fallos: 324:3709), a cuyas consideraciones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios, sino que remite al precedente citado.
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Normas que cita
- Ley 23.604Jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 79 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- ScordomagliaCSJN · Fallos 324:3709
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