MARCOVECCHIO GRACIELA C. c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por los ahorristas, dejando sin efecto las sentencias apeladas en causas por la restricción a los depósitos bancarios (corralito). Reconoció el derecho de las actoras a obtener el reintegro de sus depósitos conforme al criterio fijado en el precedente Massa.
¿Quién es el actor?
Graciela Marcovecchio y otros ahorristas (causas acumuladas: Benítez, Hure de Márquez, Nitti, Palazzi, Rieken, Somoza, entre otros).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional y Banco Central de la República Argentina (BCRA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reintegro de depósitos bancarios en moneda extranjera y en pesos, retenidos en virtud de las normas del régimen de restricción de la disponibilidad de depósitos (corralito) dispuesto a partir de diciembre de 2001.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se declara el derecho de las actoras a obtener el reintegro de sus depósitos en los términos y condiciones establecidos en el precedente "Massa". Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado, manteniéndose lo dispuesto sobre costas en las instancias anteriores. Se ordena reintegrar los depósitos del art. 286 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con relación a los depósitos bancarios, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay estiman que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), precedente al que corresponde remitirse por razones de brevedad. El juez Fayt comparte tal criterio y se remite asimismo a las consideraciones expuestas en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."
"Con relación a los depósitos constituidos en la entidad mutual, los jueces Lorenzetti, Fayt, Petracchi y Zaffaroni consideran que resulta aplicable el criterio establecido en la causa 'Della Ghelfa' (Fallos: 330:2074), sentencia a cuyos fundamentos se remiten. Por lo tanto -de acuerdo con lo decidido en tal precedente- resulta aplicable a su respecto el criterio establecido por el Tribunal en la mencionada causa 'Massa' (Fallos: 329:5913)."
¿Cómo votaron los jueces?
"La jueza Argibay se remite a su disidencia en los autos 'Della Ghelfa'."
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Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- MassaCSJN · Fallos 329:5913
- PirizCSJN · Fallos 330:331
- Della GhelfaCSJN · Fallos 330:2074
- Benítez, Carolina y otros c/ PEN y otrosCSJN
- Hure de Márquez, Elba Haydée c/ PENCSJN
- Nitti, Luis Francisco Arnaldo c/ PENCSJN
- Palazzi, Rubén Oscar c/ PENCSJN
- Rieken, Juan c/ PENCSJN
- Somoza, Ricardo Enrique c/ PENCSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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