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Corte Suprema

SCANIA ARGENTINA S.A. (TF 10214-A) c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de Scania Argentina S.A. y confirmó la sentencia apelada, aplicando la doctrina fijada en Autolatina Argentina S.A. c/ D.G.A. por la mayoría del Tribunal. El ministro Moliné O'Connor votó en disidencia por dejar sin efecto la sentencia y remitir la causa para un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 564. XXXVI. REX
Recurso extraordinario Scania argentina s.a. Direccion general aduanera Doctrina autolatina Remision a precedente Ley 25.344 Materia tributaria aduanera Costas Disidencia

¿Quién es el actor?

Scania Argentina S.A. (TF 10.214-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General Aduanera (D.G.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia apelada en el marco del expediente fiscal TF 10.214-A.

¿Qué se resolvió?

"Resulta aplicable a la cuestión debatida en el sub lite la doctrina establecida por el Tribunal, el 10 de abril de 2003 en la causa A.528.XXXIV. 'Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A) c/ D.G.A.', sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad." Se declaró procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada en cuanto pudo ser materia de dicho recurso, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la mayoría remite, por brevedad, a los fundamentos del precedente "Autolatina Argentina S.A.", no desarrollando argumentos propios.

¿Cómo votaron los jueces?

"Resulta aplicable a la cuestión debatida en el sub lite la doctrina establecida, el 10 de abril de 2003, en la causa A.528.XXXIV. 'Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A) c/ D.G.A.', disidencia del juez Moliné O'Connor, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse." Propuso declarar procedente el recurso, dejar sin efecto la sentencia apelada, con costas en el orden causado, y devolver los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente citado.

Normas que cita

  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Autolatina Argentina S.A. (TF 7879-A) c/ D.G.A.CSJN · 10/04/2003

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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