JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SEVEL ARGENTINA S.A. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO

La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada en el recurso extraordinario interpuesto por Sevel Argentina S.A. contra la Dirección General Impositiva, aplicando por remisión la doctrina fijada en el precedente Autolatina Argentina S.A.. Por mayoría, el tribunal remitió a los fundamentos de aquel fallo, con la disidencia del ministro Moliné O'Connor, quien propuso dejar sin efecto la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 60. XXXVIII. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Autolatina argentina s.a. Direccion general impositiva Materia tributaria Doctrina de la corte Confirmacion de sentencia Disidencia Costas Reenvio.

¿Quién es el actor?

Sevel Argentina S.A. (T.F. 13571-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (D.G.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario contra la sentencia del tribunal a quo, en un litigio de carácter tributario fiscal.

¿Qué se resolvió?

por mayoría de cinco ministros, se declaró procedente el recurso extraordinario en cuanto fue concedido y se confirmó la sentencia apelada en lo que pudo ser materia de dicho recurso, con costas. La solución remite a la doctrina del precedente "Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A." (CSJN, 10/04/2003).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a la cuestión debatida en el sub lite la doctrina establecida por el Tribunal el 10 de abril de 2003 en la causa A.528.XXXIV. 'Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.', sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

remitiendo también al precedente citado, propuso declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia apelada, con costas en el orden causado, y devolver los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a esa doctrina. Esta propuesta quedó en minoría.

Fallos que cita

  • Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.CSJN · 10/04/2003

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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