TRANSPETROL SUR S.R.L. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/IMPUGNACION DE DEUDA
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Transpetrol Sur S.R.L. y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en lo que fue materia de agravios, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento. La ministra Argibay votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso y desestimar la queja.
¿Quién es el actor?
Transpetrol Sur S.R.L.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva (AFIP-DGI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido contra la denegación de un recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala III. El expediente no detalla en el texto el objeto sustancial del reclamo.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios, con costas, y se ordenó que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento. Se reintegró el depósito de fs. 244 y se agregó la queja al principal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría sostuvo textualmente: "Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, que esta Corte comparte y a los que se remite por razón de brevedad." Este es el único fundamento expreso de la mayoría, que adhiere al dictamen de la Procuración.
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Argibay, en disidencia, consideró que "el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", y en consecuencia desestimó la queja.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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