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Corte Suprema

CARRO MABEL ALCIRA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas en causas por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares y reconoció a los actores el derecho al reintegro ajustado por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos de los precedentes Massa y Kujarchuk.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 3184. XL. RHE
Depositos en dolares Pesificacion Conversion a pesos Reintegro Cer Intereses Recurso extraordinario Corte suprema Costas en el orden causado Precedente massa.

¿Quién es el actor?

Mabel Alcira Carro y otros actores agrupados en la presente causa (cuya nómina integra la acumulación de recursos).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; la entidad bancaria depositaria participa como obligada al reintegro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos tras las medidas monetarias de 2002.

Resolución: la Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a obtener de la entidad el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas. Excluyó los supuestos de extinción de la obligación por canje a bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite expresamente a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, y el juez Fayt a sus consideraciones en "Piriz" (Fallos: 330:331). Para el cálculo de los pagos a cuenta se remite a "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680). Por la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, las costas de las instancias anteriores se mantienen tal como las fijó el tribunal a quo, y las actuaciones se devuelven a los juzgados de primera instancia para notificar la sentencia.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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