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Corte Suprema

TOBAR UBALDO BELTRAN c/ MISILIO AURELIO Y OTRO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema admitió la queja y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H, al declarar que la franquicia del contrato de seguro es oponible al tercero damnificado. En consecuencia, la condena no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino dentro de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 28. XLV. RHE
Seguro obligatorio Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Limites de la contratacion Accidente de transito Recurso de queja Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Transporte publico de pasajeros.

¿Quién es el actor?

Ubaldo Beltrán Tobar.

¿A quién se demanda?

Aurelio Misilio y otro; la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía, interpuso el recurso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio por daños derivados de un accidente de tránsito, con cobertura de seguro.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden en el sentido de "con costas" a cargo de la parte vencida en la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 329:3054 y 3488; 330:3483; 331:379, y en las causas O.166.XLIII. 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII. 'Gauna Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La jueza Argibay, en disidencia, se remitió a su voto en la causa "Villarreal" (Fallos: 331:379), por lo que su posición no integra la decisión mayoritaria.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

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