L.J.M. c/ COMISION NAC. ASESORA PARA LA INTEG. DE LAS PERS. DISCAPAC. Y OTRO s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal en el amparo promovido por J. M. L. contra la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas. La decisión remite a los fundamentos de la causa P., S. E. por analogía sustancial, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
J. M. L., representado por sus padres Mario Labollita y Virginia Spirito, con patrocinio de la Dra. Lorena Vanesa Totino.
¿A quién se demanda?
Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en las causas P.943.XLIII. y P.922.XLIII. 'P., S. E. c/ Comisión Nac. Asesora para la Integ. de las Pers. Discapac. y otro s/ amparo', sentencia de la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La Corte no desarrolla argumentos propios: su fundamento es la remisión a la sentencia dictada el mismo día en la causa "P., S. E.", con dictamen concordante de la señora Procuradora Fiscal.
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