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Corte Suprema

VEJO SUSANA c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO

Se trata de un amparo promovido por depositantes contra el Estado Nacional y entidades bancarias por la pesificación y reprogramación de depósitos dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema modificó las sentencias apeladas y ordenó determinar el crédito de los actores conforme a los precedentes Massa y Rodríguez Ramona, distinguiendo entre depósitos no desafectados y depósitos desafectados antes del inicio de las acciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 471. XLII. REX
Amparo Depositos bancarios Pesificacion Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Desafectacion de depositos Reprogramacion bancaria Derecho de propiedad Corralito.

¿Quién es el actor?

Susana Vejo y otros depositantes (V.471.XLII y acumulados: Baratcabal, Gianneo, Pascolini, Poletti, Santillán, Verín).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN) y, en algunos casos, el Banco de la Nación Argentina, el Banco Credicoop y otras entidades bancarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares afectados por el régimen de conversión a pesos y reprogramación establecido por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Se modifican las sentencias apeladas con los alcances de los precedentes "Massa" (Fallos: 329:5913) y "Rodríguez Ramona" (sentencia del 29 de abril de 2008). Las costas se imponen por su orden. Se devuelven los autos al tribunal de origen para determinar el crédito de la parte actora según esas pautas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre los depósitos no desafectados: "los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay estiman que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal, en la causa 'Massa' (Fallos: 329: 5913), precedente al que se remiten por razones de brevedad. El juez Fayt comparte tal criterio, y se remite asimismo a las consideraciones expuestas en su voto en la causa 'Piriz' (Fallos: 330: 331)."

Sobre los depósitos desafectados con anterioridad a la acción: "teniendo en cuenta las circunstancias que se presentan en autos, los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en la causa R.299.XLI 'Rodriguez Ramona, Esther y otro c/ PEN ley 25.561 dtos 1570/01 214/02 s/amparo sobre ley 25.561', sentencia del 29 de abril de 2008, a cuyos fundamentos se remiten. Los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus respectivos votos emitidos en la mencionada causa. Por su parte, la jueza Highton de Nolasco se remite, en lo pertinente, a los fundamentos expresados en el caso 'Cabrera' (Fallos: 327: 2905)."

Conclusión: "Por ello, se modifican las sentencias apeladas con los alcances que resultan de los mencionados precedentes 'Massa' y 'Rodriguez Ramona', con costas por su orden en atención a lo novedoso y complejo de las cuestiones planteadas (art.68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN
  • Rodriguez Ramona, Esther y otro c/ PENCSJN · 29/04/2008
  • PirizCSJN
  • CabreraCSJN

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