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Corte Suprema

BADO CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos y revocó la sentencia de reajuste previsional en los términos de los precedentes Actis Caporale y Perletto. El tribunal declaró desierto el recurso en el punto referido a la limitación del cobro de acreencias por liberación de topes, por no haber sido objeto de decisión en la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2913. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Anses Ley 18.037 Art. 55 ley 18.037 Art. 82 ley 18.037 Topes maximos Inconstitucionalidad Diferimiento en ejecucion Plazo de cumplimiento de sentencia Desercion del recurso

¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Bado.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios), en particular cuestionamientos vinculados al art. 55 de la ley 18.037 y al art. 82 de la misma ley, y a la liberación de topes máximos para períodos posteriores a 1991.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Actis Caporale". Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "el agravio de la actora referente al indebido diferimiento -para la etapa de ejecución- de la consideración de su planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037, remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas en el precedente de esta Corte de Fallos: 323:4216 ('Actis Caporale'), cuyos argumentos se dan por reproducidos."

Considerando 2°: "el planteo vinculado con una supuesta limitación del derecho al cobro de las acreencias que surgen de la liberación de los topes máximos a los períodos posteriores al año 1991, no guarda relación con lo decidido por la sentencia apelada que sólo declaró inaplicable el art. 82 de la ley 18.037, en la medida en que la defensa prevista en esa norma no había sido opuesta en el momento procesal oportuno, solución que se ajusta al criterio fijado por el Tribunal en la causa D.37.XXXVII. 'Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad'..., circunstancias que llevan a declarar la deserción del recurso en ese punto."

Considerando 3°: "las objeciones de la demandada relacionadas con el plazo de cumplimiento de la sentencia de reajuste resultan sustancialmente análogas a las resueltas en la causa publicada en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a la que cabe remitir."

Normas que cita

  • Ley 18.037arts. 55, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
  • Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

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