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Corte Suprema

BRUNO HUGO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor Hugo Alberto Bruno reclamó el recálculo del haber inicial de su prestación previsional y su posterior movilidad contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la demandada y confirmó la sentencia que ordenó el recálculo, al considerar que las variables de ajuste utilizadas por la administración habían sido declaradas confiscatorias por ella misma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1368. XL. ROR
Recalculo haber inicial Movilidad previsional Reajuste haber jubilatorio Confiscatoriedad Variables de ajuste Prescripcion Desercion recurso Ley 18.037 Ley 24.463 Anses

¿Quién es el actor?

Hugo Alberto Bruno.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con recálculo del haber inicial y su posterior movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario interpuesto por la ANSeS y confirmó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había ordenado el recálculo del haber inicial de la prestación y su posterior movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la excepción de prescripción: "los agravios de la recurrente relacionados con la omisión de resolver la excepción de prescripción son el fruto de una reflexión tardía, ya que dicho planteo no fue sometido a consideración de la alzada, por lo que resulta improcedente volver sobre un debate que se encuentra clausurado."

Sobre el método de cálculo del haber inicial: "carecen de fundamento las objeciones de la recurrente vinculadas con el método de cálculo del haber inicial detallado por el juez de primera instancia, ya que no demuestra un perjuicio concreto derivado de dicha decisión ni se advierte en qué consiste la diferencia entre lo ordenado por el magistrado y lo dispuesto en el texto del art. 49 de la ley 18.037, aspectos que llevan a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."

Sobre los coeficientes aplicados: "los planteos del ente previsional en el sentido de que los coeficientes aplicados al primer haber eran correctos, no pueden prosperar habida cuenta de que las variables de ajuste utilizadas en la prestación fueron declaradas confiscatorias por la propia administración (conf. Resoluciones S.U.S. 4/91 y S.S.S. 28/92, modificada por resolución S.S.S. 37/92)."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 49 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Resolución 4/91
  • Resolución 28/92
  • Resolución 37/92

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