TORRES SAUL NICOLAS PABLO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Los actores, jubilados, reclamaron reajustes de sus haberes previsionales contra la ANSeS, cuestionando la tasa de interés aplicada y la constitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, confirmó las sentencias en cuanto a la tasa de interés aplicada y las revocó en cuanto a los alcances fijados en los precedentes Schiariti e Iglesias.
¿Quién es el actor?
Saúl Nicolás Pablo Torres y Oscar Ernesto Polo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales, con cuestionamiento de la tasa de interés, de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, del haber inicial, de la movilidad y de la confiscatoriedad.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios; confirmó las sentencias apeladas en cuanto a la tasa de interés aplicada, con el alcance fijado en "Aguilar"; y las revocó con el alcance que surge de los considerandos de "Schiariti" e "Iglesias". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Considerando 2°: "Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."
Considerando 3°: "Que los agravios referentes al haber inicial, movilidad, confiscatoriedad y defensa de limitación de recursos, guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyas conclusiones se dan por reproducidas brevitatis causa."
No hay votos en disidencia: la sentencia es unánime de los cinco ministros firmantes.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- AguilarCSJN · Fallos 325:1185
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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