JurisprudenciaARG
Corte Suprema

POYO FLORENCIO c/ BCO. EDIFICADORA DE OLAVARRIA SUC. OLAVARRIA SEDESA s/AMPARO

El actor Florencio Poyo promovió amparo contra el Banco Edificadora de Olavarría (Sucursal Olavarría) y SEDESA por cuestiones vinculadas a un régimen jurídico cuestionado en su constitucionalidad. La Corte Suprema, por mayoría, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, remitiéndose a los fundamentos de los precedentes Agüero y Coronel.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 312. XLV. REX
Recurso extraordinario Amparo Confirmacion de sentencia Remision a precedentes Aguero Coronel Regimen juridico novedoso Costas por su orden Inconstitucionalidad Sedesa

Actor (quién demanda): Florencio Poyo, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Banco Edificadora de Olavarría (Sucursal Olavarría) y SEDESA (Sociedad de Economía Mixta).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo y cuestionamiento de la constitucionalidad de un régimen jurídico (en el marco de la causa, el mismo régimen discutido en "Agüero" y "Coronel").

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada. Las costas se impusieron por su orden en razón de tratarse de un régimen jurídico novedoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas A.1518.XXXIX 'Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/acción declarativa de inconstitucionalidad' y C.2682.XXXIX 'Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad', ambas falladas el 12 de mayo de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"Los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni se remiten a sus disidencias en las referidas causas."

"El texto de los precedentes mencionados se encuentra publicado en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar)."

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni se remiten a sus disidencias en los precedentes citados, por lo que no comparten la solución de la mayoría.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 12/05/2009
  • Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidadCSJN · 12/05/2009

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