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Corte Suprema

SINTEL SRL c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Procuración General dictaminó que corresponde admitir el recurso extraordinario deducido por Sintel SRL contra la decisión que había declarado desierta su apelación sobre la competencia. Propone revocar lo resuelto y declarar competente a la justicia federal, por tratarse de un reclamo vinculado a la prestación de un servicio público de telecomunicaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 942. XLIV. REX
Competencia federal Telecomunicaciones Servicio publico Telefonica de argentina Locacion Danos y perjuicios Recurso extraordinario Ley 19.798 Desercion de recurso Prestadora de servicio publico

¿Quién es el actor?

Sintel SRL.

¿A quién se demanda?

Telefónica de Argentina SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de la ruptura de un contrato de locación, atribuyendo a la empresa negligencia en el mantenimiento de cableados externos, lo que habría provocado hurtos de líneas, imposibilidad de pago de facturas y el cierre del fondo de comercio.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata había declarado desierto el recurso de apelación contra la sentencia que decretó la incompetencia del fuero federal. La Procuración opina que debe admitirse el recurso extraordinario, revocarse el fallo apelado y declararse competente a la justicia federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para resolver una cuestión de competencia, hay que atender, en primer término, a los hechos que se relatan en la demanda, y después, y sólo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que se invoca como fundamento de su pretensión (Fallos: 323:3284; 324:2592...)."

"...en virtud de que corresponde determinar las obligaciones de la prestadora de un servicio público, en este caso el telefónico, considero que asiste razón al accionante en cuanto sostiene que la causa es de competencia federal por la materia, toda vez que la pretensión del caso guarda estrecha vinculación con el funcionamiento y organización de dicho servicio."

"...es competente la justicia federal para conocer en la demanda contra una empresa telefónica, si resulta necesario precisar el sentido y los alcances de normas federales, como son las dictadas por el Estado Nacional en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Nacional de Telecomunicaciones 19.798..."

Normas que cita

  • Ley 19.798Telecomunicaciones
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Fallos 314:848CSJN
  • Fallos 325:1130CSJN
  • Fallos 326:2426CSJN
  • Fallos 323:3284CSJN
  • Fallos 324:2592CSJN
  • Fallos 322:685CSJN

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