JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TRAJTENBERG SARA c/ PEN s/AMPARO

La Corte Suprema modificó la sentencia apelada y resolvió que los depósitos bancarios desafectados antes del inicio de los amparos deben reintegrarse según la doctrina de los precedentes Massa y Rodríguez, Ramona. El tribunal remitió la determinación concreta del crédito de la actora al tribunal de origen, con costas por su orden por la complejidad de las cuestiones planteadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 382. XL. REX
Depositos bancarios Amparo Desafectacion de depositos Reintegro de depositos Recurso extraordinario Recurso de queja Doctrina massa Doctrina rodriguez Ramona Costas por su orden Determinacion del credito

¿Quién es el actor?

Sara Trajtenberg.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; en los recursos de queja, también intervinieron BBVA Banco Francés S.A. y Bankboston National Association como recurrentes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios (amparos vinculados a la "reprogramación" de depósitos y la restricción de disponibilidad de fondos).

¿Qué se resolvió?

se modificó la sentencia apelada conforme los precedentes "Massa" (Fallos: 329:5913) y "Rodríguez, Ramona" (Fallos: 331:901); costas por su orden; vuelta de los autos al tribunal de origen para determinar el crédito de la actora según las pautas de esos precedentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de los depósitos no desafectados por los actores (recursos de queja de las demandadas): "resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal, en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913)", al que los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay se remiten por razones de brevedad; el juez Fayt comparte ese criterio y se remite a su voto en "Piriz" (Fallos: 330:331).

Respecto de los depósitos desafectados con anterioridad a la promoción de los amparos (recurso extraordinario del actor): "teniendo en cuenta las circunstancias que se presentan en los sub examine", los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay aplican la doctrina de "Rodríguez, Ramona" (Fallos: 331:901); los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus votos en esa causa; la jueza Highton de Nolasco se remite a "Cabrera" (Fallos: 327:2905).

Costas: "con costas por su orden en atención a lo novedoso y complejo de las cuestiones planteadas (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".

Normas que cita

  • CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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