SIMONETTI JAVIER EDUARDO c/ PACINO ROBERTO HORACIO Y OTRO s/EJECUTIVO
La Corte Suprema confirmó la aplicación del principio del esfuerzo compartido en un juicio ejecutivo por deuda en dólares, pero modificó la condena fijando el pago en pesos a un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria, con intereses del 7,5% anual. Remitió a los fundamentos del precedente Longobardi por la analogía de las cuestiones planteadas.
Actor (ejecutante): Javier Eduardo Simonetti.
Demandados (ejecutados): Roberto Horacio Pacino y otro (Mabel Mirta Petrasso, recurrente junto con Pacino).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro por la vía ejecutiva de una obligación de pago en moneda extranjera (dólares estadounidenses).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de la ejecutada, confirmó la aplicación del principio del esfuerzo compartido, pero modificó la condena fijando el pago en pesos: capital convertido a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) del día del pago, salvo que el coeficiente de actualización de las normas de emergencia arroje un resultado superior; más intereses del 7,5% anual, no capitalizable, entre moratorios y punitorios, desde la mora hasta el pago. La liquidación no puede superar la que resultaría de aplicar las pautas de la cámara. Costas de la instancia en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en este juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir 'en lo pertinente' en razón de brevedad."
"Que, por otra parte, dado los términos en que fue concedido el recurso extraordinario, no corresponde que el Tribunal se expida respecto de los agravios relacionados con la arbitrariedad de la sentencia apelada."
La decisión se fundamenta por remisión al precedente citado; no hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- LongobardiCSJN · Fallos 330:5345
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