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Corte Suprema

AZUL GRUP SA c/ ZUCCOLO CARLOS ALBERTO Y OTRO s/EJECUTIVO

La actora Azul Grup S.A. dedujo recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E, en un juicio ejecutivo contra Carlos Alberto Zuccolo y otro. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso, revocó el fallo apelado y, aplicando el principio del esfuerzo compartido, condenó a la demandada a pagar la deuda en pesos con una conversión a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha cambiaria y un interés del 7,5% anual no capitalizable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 963. XLII. REX
Ejecutivo Moneda extranjera Pesificacion Principio del esfuerzo compartido Brecha cambiaria Conversion a pesos Intereses moratorios y punitorios Recurso extraordinario Emergencia economica Longobardi.

¿Quién es el actor?

Azul Grup S.A.

¿A quién se demanda?

Carlos Alberto Zuccolo y Gustavo Fabián Ciliberti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de una suma de dinero reclamada en moneda extranjera.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de la actora, se revocó el fallo apelado y se condenó a la demandada, por aplicación del principio del esfuerzo compartido, a pagar la suma resultante de transformar a pesos el capital a razón de un peso por dólar, más el 50% de la brecha entre un peso y la cotización del dólar en el mercado libre de cambio (tipo vendedor) del día del pago, salvo que el coeficiente de actualización de las normas de emergencia arroje un resultado superior, con más una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable, entre moratorios y punitorios, desde la mora hasta el pago. El monto no puede ser inferior al fijado por la cámara en lo que fue apelado sólo por la actora. Las costas de esta instancia se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en este juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir 'en lo pertinente' en razón de brevedad." La Corte remite a los fundamentos de Longobardi, precedente en el que se aplicó el principio del esfuerzo compartido para distribuir entre acreedor y deudor los efectos de la pesificación y la brecha cambiaria. La sentencia se dictó con dictamen del Procurador General y sin votos individuales extensos, por lo que los fundamentos propios son breves y se encuentran en el precedente citado.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 (segundo párrafo) · Justicia nacional

Fallos que cita

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