JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ARHEHPEZ S.A. c/ A.F.I.P. s/ACCION DECLARATIVA

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y la AFIP en una acción declarativa promovida por Arhehpez S.A. y revocó la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata. La mayoría remitió a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal, mientras que la Dra. Argibay votó en disidencia por considerar que no existía sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 160. XLII. REX
Accion declarativa Recurso extraordinario Sentencia definitiva Articulo 14 ley 48 Afip Arhehpez s.a. Revocacion Costas Procuradora fiscal Admisibilidad recursiva

¿Quién es el actor?

Arhehpez S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de certeza promovida por la empresa contra la AFIP.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional (AFIP - Dirección General de Aduanas) y de la AFIP (Dirección General Impositiva), y se revocó la decisión apelada de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la sentencia es escueta. Señala que "las cuestiones planteadas han sido adecuadamente consideradas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad". No se transcriben considerandos propios de la mayoría.

¿Cómo votaron los jueces?

"Que los recursos extraordinarios no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)". Por ello propuso desestimar ambos recursos. Esta postura no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

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