JurisprudenciaARG
Corte Suprema

DE VERA ADOLFO BAUTISTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, titular de un haber previsional, cuestionó la movilidad de su prestación desde el 11 de abril de 1991 y la tasa de interés aplicada. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario, confirmó la tasa de interés conforme al precedente Spitale y revocó la sentencia en lo relativo a la movilidad, aplicando los criterios de Sánchez y Badaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 486. XLI. ROR
Recurso ordinario Movilidad previsional Haber previsional Tasa de interes Anses Badaro Sanchez Spitale Decretos del poder ejecutivo Reajuste de haberes.

¿Quién es el actor?

Adolfo Bautista De Vera.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la prestación previsional por movilidad a partir del 11 de abril de 1991 y tasa de interés aplicada.

¿Qué se resolvió?

se confirma la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés (precedente "Spitale"); se revoca en cuanto a la movilidad, disponiéndose que ésta se practique según el índice fijado en "Badaro" para el período indicado, salvo que los aumentos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006 arrojen una prestación superior, en cuyo caso se estará a ese resultado. Al practicar la liquidación se descuentan las sumas percibidas por esos decretos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las objeciones del titular vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."

"Que los cuestionamientos dirigidos a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.