JurisprudenciaARG
Corte Suprema

EDUARDO UDENIO Y CIA S.A.C.F.I.A. c/ EDITORIAL ATLANTIDA S.A. s/ORDINARIO

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario deducido por la demandada y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Remitiendo a los fundamentos del precedente Longobardi, condenó a Editorial Atlántida a pagar la diferencia resultante de la conversión a pesos de deudas pactadas en dólares desde el 15 de marzo de 2002.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 286. XLIII. REX
Pesificacion Deudas en dolares Conversion a pesos Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 longobardi Obligaciones en moneda extranjera Editorial atlantida Diferencia de conversion Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Eduardo Udenio y Cía. S.A.C.I.F.I.A.

¿A quién se demanda?

Editorial Atlántida.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de sumas adeudadas en dólares estadounidenses, cuya conversión a pesos se discutió a partir de la pesificación dispuesta por la normativa de 2002.

¿Qué se resolvió?

Se admitió formalmente el recurso extraordinario de la demandada, se revocó el fallo apelado y se condenó a la demandada a pagar al acreedor la diferencia entre lo abonado desde el 15 de marzo de 2002 y el importe que resulte de aplicar las pautas de conversión fijadas en "Longobardi". Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas resultan "sustancialmente análogas a las resueltas por este Tribunal en la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en lo pertinente por razones de brevedad". Asimismo, expresó que la decisión se toma "en uso de las atribuciones conferidas por el art. 16, segundo párrafo, de la ley 48". Las costas se distribuyeron "en atención a la forma en que se decide y la naturaleza de las cuestiones propuestas". No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

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