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Corte Suprema

ALVAREZ MOURELLE GONZALO s/S/EXTRADICION

El Ministerio Público Fiscal, en el marco de un recurso ordinario de apelación contra la sentencia que declaró improcedente la extradición de Gonzalo Alvarez Mourelle solicitada por Brasil para cumplir una condena dictada en rebeldía, pidió que se lo tenga por desistido. La Procuración General consideró que, como el extraditable no estuvo a derecho en ninguna etapa del proceso y el Estado requirente no contempla la reapertura de la causa, no existe posibilidad de sostener el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 593. XLV. ROR
Extradicion Brasil Condena en rebeldia Debido proceso Reapertura de la causa Desistimiento Ministerio publico Ley de extradiciones Articulo 25 Articulo 120 constitucion nacional.

Actor/Requirente: Estado de la República Federativa del Brasil.

Demandado/Requerido: Gonzalo Alvarez Mourelle.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extradición de Gonzalo Alvarez Mourelle para el cumplimiento de una condena dictada en rebeldía.

¿Qué se resolvió?

La Procuración General dictaminó que el recurso ordinario de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro (que declaró improcedente la extradición) sea tenido por desistido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Pues bien, toda vez que de las constancias que obran en el legajo surge que Gonzalo Alvarez Mourelle no estuvo a derecho en ninguna de las etapas del proceso por el cual fue condenado, y que las normas del Estado requirente 'no contemplan la reapertura de la causa' no encuentro posibilidad de sostener el recurso intentado por este Ministerio Público, y solicito a V.E. que lo tenga por desistido."

"Ello sin desmedro de la función que nos confía el artículo 25 de la ley de extradiciones, en atención al superior mandato constitucional contenido en el artículo 120 de la Constitución Nacional."

Se toma como precedente la causa S.C. P. 1014, L. XLIII, "Pires, Sergio Vilmar s/pedido de extradición a Brasil" (resuelta el 13 del corriente), en la que la Corte confirmó la denegatoria de una extradición por condena en rebeldía, ante la imposibilidad de garantizar el derecho al debido proceso (doctrina de Fallos: 328:3193), y citó la nota verbal n° 585 del 8 de septiembre de 2006 de la Embajada de Brasil, según la cual las leyes brasileñas no contemplan la reapertura de la causa.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 120

Fallos que cita

  • Pires, Sergio Vilmar s/pedido de extradición a BrasilCSJN
  • Alvarez Mourelle, Gonzalo s/extradiciónCSJN · Fallos 328:3193

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