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Corte Suprema

GIACOBINO ANA MARIA c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO

La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo promovido por Ana María Giacobino contra el Estado Nacional y otros, remitiéndose a los fundamentos del precedente Rodríguez, Ramona (Fallos: 331:901). El tribunal resolvió devolver las actuaciones de inmediato al tribunal de origen para la notificación, por tratarse de una situación excepcional en este tipo de causas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 632. XLIV. REX
Amparo Confirmacion Remision a precedente Rodriguez Ramona Fallos 331:901 Costas Devolucion directa Estado nacional Recurso extraordinario Banco macro

¿Quién es el actor?

Ana María Giacobino.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se confirma la sentencia apelada, en los términos y con los alcances indicados en el precedente "Rodríguez, Ramona", con costas a la demandada. Se devuelven directamente las actuaciones al tribunal a quo para la notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a los presentes autos el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Rodríguez, Ramona' (Fallos: 331:901), a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." "Los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus respectivos votos emitidos en la mencionada causa." "Por su parte, los jueces Highton de Nolasco y Maqueda se remiten, en lo pertinente, a sus fundamentos expresados en el caso 'Cabrera' (Fallos: 327:2905)." "En atención a la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, y encontrándose el precedente al que se remite publicado en la página web de la Corte (www.csjn.gov.ar), procédase a devolver directamente las actuaciones al tribunal a quo, encomendándose que disponga lo necesario para la notificación de esta sentencia."

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