ROSA MIRTA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la jubilada y confirmó la sentencia en lo relativo a la tasa de interés, aplicando el precedente Spitale, mientras que revocó el fallo en cuanto a la movilidad, con el alcance fijado en Sánchez, ordenando el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Mirta Alicia Rosa (jubilada).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios (reajustes varios), con controversia sobre la movilidad aplicable durante la vigencia de la ley 23.928, la prescripción liberatoria, la tasa pasiva de interés y la constitucionalidad de los arts. 16 y 23 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido; confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés, en concordancia con "Spitale"; revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en "Sánchez"; y ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153. Los planteos de inconstitucionalidad de los arts. 16 y 23 de la ley 24.463 resultaron abstractos por su derogación mediante la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios de la jubilada referentes a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, solución que exime de tratar el planteo de inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad citada."
"la impugnación de la titular respecto de la prescripción liberatoria ha sido resuelta por esta Corte en contra de las pretensiones de la titular en la causa I.406.XXXVIII 'Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 15 de agosto de 2006, a la que cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
"los planteos de las partes relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que corresponde remitir."
"resulta abstracto el tratamiento de los planteos de inconstitucionalidad de los artículos 16 y 23 de la ley 24.463, pues tales normas han quedado derogadas según lo dispuesto por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma citada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 16, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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