JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LATASA LEOPOLDO FLORENCIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, jubilado, promovió reajustes varios de su haber previsional contra la ANSeS, cuestionando la movilidad, la tasa de interés, el índice para el haber inicial y la constitucionalidad de normas previsionales. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario, revocó la sentencia en cuanto a la movilidad conforme a los precedentes Sánchez y Badaro y confirmó la tasa de interés y las costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 480. XLI. ROR
Movilidad previsional Haber previsional Reajuste jubilatorio Ley 26.153 Ley 24.463 Tasa de interes Inconstitucionalidad Prescripcion Precedente sanchez Precedente badaro

¿Quién es el actor?

Leopoldo Florencio Latasa.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, incluyendo movilidad a partir del 11/04/1991, índice para la determinación del haber inicial, inconstitucionalidad de los arts. 55 de la ley 18.037, 9 de la ley 24.463 y 21 de la ley 24.463, tasa de interés, art. 22 de la ley 24.463 y prescripción (art. 82 de la ley 18.037).

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario del actor; se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; se confirmó lo relativo a la tasa de interés y costas; se revocó la sentencia en cuanto a la movilidad, aplicando los criterios de "Sánchez" y "Badaro", descontando las sumas percibidas por aumentos dispuestos por decretos entre el 11/01/2002 y el 31/12/2006.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1º: "las objeciones del titular vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad".

Considerando 2º: "la pretensión del actor de que para la determinación del haber inicial se sustituya el índice legal por el de peón industrial, carece de fundamento pues no ha demostrado el perjuicio actual y concreto (...) circunstancia que lleva a declarar la deserción del recurso sobre el punto".

Considerando 3º: las críticas de inconstitucionalidad de los arts. 55 de la ley 18.037 y 9 de la ley 24.463 "no pueden prosperar pues el demandante no ha probado el gravamen (...) por lo que la objeción planteada aparece sustentada en un agravio hipotético y es prematura (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)".

Considerando 5º: los planteos sobre la tasa de interés "encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721)".

Considerando 6º: los agravios sobre el art. 22 de la ley 24.463 "resultan abstractos ya que dicho aspecto ha sido modificado por la ley 26.153", por lo que se revoca en el punto y se adecua el término al art. 21 de la ley 26.153.

Considerando 7º: las objeciones sobre la prescripción del art. 82 de la ley 18.037 no son admitidas por reiterar planteos previos sin mayores motivaciones.

Normas que cita

  • Ley 18.037arts. 55, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9, 21, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
  • PanizzaCSJN · Fallos 326:216

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