JurisprudenciaARG
Corte Suprema

VISCONTI ELENA ANTONIA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO

El Tribunal aplicó a la causa los fundamentos del precedente Benedetti y, por mayoría, confirmó la sentencia apelada que había rechazado el amparo. Declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, pero resolvió inadmisible el agravio referido a la prescripción por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 1172. XLI. REX
Amparo Recurso extraordinario Prescripcion Precedente benedetti Remision a fundamentos Admisibilidad formal Art. 280 cpccn Costas en el orden causado Poder ejecutivo nacional Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Elena Antonia Visconti.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido contra el Poder Ejecutivo Nacional, cuyo objeto específico no surge del texto transcripto.

¿Qué se resolvió?

el recurso extraordinario fue declarado formalmente admisible; por mayoría se confirmó la sentencia apelada con los alcances que surgen del precedente "Benedetti"; el agravio sobre prescripción fue declarado inadmisible (art. 280 CPCCN); las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado en atención a la complejidad de la cuestión (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Benedetti' (Fallos: 331:2006), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en lo pertinente en razón de brevedad."

"Que en lo referente a los agravios relativos a la prescripción, el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Los votos de la jueza Argibay y de los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Petracchi se remitieron, respectivamente, a su voto y a sus disidencias en el precedente citado. Esas remisiones no constituyen fundamento propio de la mayoría en esta causa.

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.