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Corte Suprema

MORENO VIVOT DE DIEHL MARIA DE LA ASUNCION c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por una ahorrista contra el Estado Nacional y el Citibank en un amparo vinculado a la pesificación de depósitos bancarios dispuesta por la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1278. XLI. REX
Pesificacion Depositos bancarios Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Ahorristas Recurso extraordinario Precedente massa Corralito financiero

¿Quién es el actor?

María de la Asunción Moreno Vivot de Dihel.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN), con el Citibank, N.A. Sucursal Buenos Aires como contraparte en el recurso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo contra la pesificación de depósitos bancarios dispuesta por la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo pronunciamiento según lo expresado en "Massa" (Fallos: 329:5913). La solución se extiende al remanente del depósito no desafectado para cancelar deudas con el sistema financiero. Las costas se distribuyen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir 'en lo pertinente' en razón de brevedad, en la inteligencia de que tal solución es aplicable al remanente del depósito que no fue desafectado para la cancelación de una deuda con el sistema financiero." Asimismo, "El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)." La sentencia no contiene desarrollo argumental propio: su fundamento es la remisión a los precedentes citados.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331

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