JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TAFURI LUIS JORGE c/ PEN LEY 25561 DTOS 1570/01 214/02 s/AMPARO

Tafuri promovió amparo contra el PEN y el Banco Central por la pesificación de depósitos en una entidad mutual, con reclamo de la diferencia de dólares indisponibles. La Corte Suprema modificó la sentencia apelada y remitió a los precedentes Massa y Rodríguez, Ramona para determinar el crédito de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 415. XLI. REX
Pesificacion Depositos bancarios Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Entidad mutual Desafectacion de depositos Intangibilidad de depositos Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Luis Jorge Tafuri.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02) y, según los recursos interpuestos, el Banco Central de la República Argentina y la Sociedad Militar Seguro de Vida "Institución Mutualista".

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo contra las normas de pesificación y reprogramación de depósitos bancarios, en relación con depósitos constituidos en una entidad mutual.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte modificó la sentencia apelada según los alcances de los precedentes "Massa" y "Rodríguez, Ramona"; las costas se impusieron por su orden y se devolvieron los autos para que se determine el crédito de la actora conforme a esas pautas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de los depósitos en la mutual no desafectados por la actora, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt y Zaffaroni consideran aplicable el criterio de "Della Ghelfa" (Fallos: 330:2074), y, de acuerdo con ello, el criterio de "Massa" (Fallos: 329:5913). La jueza Argibay se remite a su disidencia en "Della Ghelfa".

Respecto de los depósitos desafectados antes de iniciarse la acción, Zaffaroni y Argibay consideran aplicable el criterio de "Rodríguez, Ramona" (Fallos: 331:901); Lorenzetti y Fayt se remiten a sus votos en esa causa.

Las costas se imponen por su orden en atención a lo novedoso y complejo de las cuestiones planteadas (art. 68, segunda parte, CPCCN).

Nota: el texto del fallo no transcribe los fundamentos desarrollados en los precedentes citados, por lo que la descripción se limita a los remisiones que contiene.

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.