JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ZUNGRI BEATRIZ MARTHA c/ ANSES s/OTROS

La actora Beatriz Martha Zungri reclamó el reestablecimiento de un beneficio previsional y la ANSeS pretendió recuperar haberes municipales percibidos por el causante entre 1989 y 1990. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso, revocó la sentencia apelada y ordenó a la ANSeS dictar una nueva resolución, limitando la devolución de haberes a los montos que excedieran el régimen de compatibilidad limitada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 132. XL. ROR
Compatibilidad limitada Haberes indebidamente percibidos Devolucion de haberes Beneficio municipal Pension Decreto-ley 1645/78 Prescripcion Tasa de interes Anses Seguridad social

¿Quién es el actor?

Beatriz Martha Zungri (cónyuge supérstite y pensionada, representada por la Dra. Alicia Susana Barragán).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restablecimiento de haberes (restitución del beneficio municipal del causante) y cuestiones vinculadas a la devolución de haberes percibidos indebidamente, intereses y prescripción.

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la actora y, con el alcance indicado, se revocó la sentencia apelada, ordenando a la ANSeS dictar una nueva resolución conforme a las consideraciones del fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que ello es así pues, aun cuando al tiempo de otorgarse la prestación municipal el causante infringió las disposiciones del decreto-ley 1645/78 al no cesar en todas las actividades dependientes, situación que llevaría a considerar a los referidos haberes como indebidamente percibidos, no puede dejar de ponderarse que las resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 1231/88 y 536/89, de aplicación a dicho período, establecieron un régimen de compatibilidad limitada que permitió al jubilado mantener el goce del beneficio jubilatorio, reducido al monto mínimo del haber, y el desarrollo contemporáneo de tareas en relación de dependencia."

"Que, en tales condiciones, cabe concluir que la formulación de cargos por los haberes indebidamente percibidos desde la adquisición del derecho en el régimen municipal el 1° de julio de 1989 hasta el efectivo cese de servicios en el ámbito nacional el 31 de marzo de 1990, sólo puede ser procedente en la medida en que el monto del beneficio municipal exceda el importe fijado por las normas de compatibilidad limitada referidas."

"Que corresponde desestimar la prescripción opuesta por la recurrente, pues la ANSeS sólo estuvo en condiciones de formular cargos cuando tomó conocimiento de que el causante había percibido el beneficio municipal en infracción a lo dispuesto por el citado decreto-ley 1645/78."

Asimismo, se admitieron los planteos sobre la tasa de interés, aplicando la fijada en el precedente "Spitale" (Fallos: 327:3721).

Normas que cita

  • Decreto-ley 1645
  • Resolución 1231
  • Resolución 536

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Fallos 311:2242CSJN

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