JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LA FUENTE RICARDO DANIEL Y OTRO c/ PEN LEY 25561 DTOS 1570/01 214/02 s/AMPARO

Los actores reclamaron el reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos durante la emergencia económica dispuesta por la ley 25.561. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho del actor a obtener la devolución del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER e incrementado con intereses del 4% anual, siguiendo el precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1278. XLI. REX
Amparo Depositos en dolares Pesificacion Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Cer Reintegro de depositos Intereses 4% anual Banco central.

¿Quién es el actor?

Ricardo Daniel La Fuente y otro.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.), con intervención del Banco Central de la República Argentina, el Estado Nacional y la entidad bancaria Lloyds TSB Bank plc.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo (ley 16.986) por el reintegro de depósitos efectuados en dólares estadounidenses, cuestionando la aplicación de la ley 25.561 y de los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejó sin efecto la sentencia apelada. Se declaró el derecho del actor a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito en dólares, convertido en pesos a la relación de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Los pagos a cuenta (sumas abonadas durante el pleito y las entregadas por medidas cautelares) deben computarse conforme a la causa "Kujarchuk". El reconocimiento queda limitado al monto fijado por la cámara y excluye los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automotores). Las costas de esta instancia se distribuyen por su orden; las de las instancias anteriores se mantienen como fueron resueltas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."

"...en virtud de los fundamentos del precedente 'Massa', se declara el derecho del actor a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito efectuado en dólares, convertido en pesos a la relación de $1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable..."

"En lo atinente a las costas irrogadas en las anteriores instancias, en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, se mantiene lo dispuesto sobre el punto por el tribunal a quo."

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