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Corte Suprema

BELTRAMINO ALBERTO ADRIAN c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por los actores en un amparo contra el Estado Nacional y confirmó la sentencia apelada, aplicando el criterio fijado en la causa Velo de Ipola. Las costas se impusieron por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 894. XLV. REX
Amparo Recurso extraordinario Remision a precedente Velo de ipola Estado nacional Banco de la provincia de cordoba Cuestion juridica novedosa Costas por su orden Camara federal de apelaciones de cordoba.

¿Quién es el actor?

Alberto Adrián Beltramino y Ángela Hortensia Belbruno.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional. El Banco de la Provincia de Córdoba S.A. (BPC) contestó el traslado del recurso extraordinario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido por los actores (la pretensión concreta no surge del texto de la resolución).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa V.247.XLIII. 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." La resolución no desarrolla argumentos propios: remite íntegramente a los fundamentos del precedente "Velo de Ipola".

Fallos que cita

  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009

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