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Corte Suprema

PRAVISANI MIRTA ARACELLI TERESITA c/ M° J Y DDHH ART 3 LEY 24043 RESOL 779/08 EX 132574/02 s/

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en una demanda vinculada a la ley 24.043 sobre reparación a personas detenidas ilegalmente durante el régimen militar. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y ordenó dictar un nuevo fallo con arreglo a su doctrina en la causa Portugheis.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 846. XLIV. REX
Ley 24.043 Reparacion Personas privadas de libertad Regimen militar Recurso extraordinario Remision a precedente Portugheis Estado nacional Indemnizacion Derechos humanos.

¿Quién es el actor?

Mirta Araceli Teresita Pravisani.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), que interpuso el recurso extraordinario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación prevista en el art. 3 de la ley 24.043 (régimen de indemnización a personas privadas de libertad por motivos políticos).

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia impugnada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa "Portugheis" (Fallos: 331:2104), a cuyas consideraciones se remite, de acuerdo con lo dictaminado por la Procuradora Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo es brevísimo y sostiene que "la cuestión planteada en la presente es sustancialmente análoga a la resuelta en la causa 'Portugheis' (Fallos: 331:2104), a cuyas consideraciones corresponde remitir en lo pertinente". No contiene desarrollo argumental propio; la solución se apoya íntegramente en el precedente citado y en el dictamen de la Procuradora Fiscal, al que la Corte adhiere.

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