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Corte Suprema

OBREGON JOSE TOMAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor José Tomás Obregón reclamó contra la ANSeS la redeterminación de su haber previsional y la movilidad de las prestaciones. La Corte Suprema desestimó el pedido posterior del actor, declaró procedente el recurso ordinario de la actora, declaró desierto el de la demandada y revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente Pellegrini.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 157. XLI. ROR
Reajuste previsional Haber inicial Movilidad jubilatoria Confiscatoriedad Redeterminacion del haber Ley 24.463 Ley 25.827 Recurso ordinario Desercion de recurso Anses

¿Quién es el actor?

José Tomás Obregón.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con redeterminación del haber inicial y posterior movilidad de las prestaciones, cuestionándose el porcentual de confiscatoriedad admitido por la alzada.

¿Qué se resolvió?

la Corte desestimó el pedido formulado por el actor a fs. 109/109 vta., declaró procedente el recurso ordinario de la actora, declaró desierto el recurso de la demandada y revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente "Pellegrini" (Fallos: 329:5525).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las objeciones del titular vinculadas con el porcentual de confiscatoriedad admitido por la alzada en el haber de la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas en el precedente 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525), por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con el alcance allí indicado."

"el planteo del actor formulado con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique lo decidido en el caso 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), guarda sustancial analogía con el analizado por esta Corte y resuelto en contra de sus pretensiones en las causas 'Andino' (Fallos: 328:3041) y C.617.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 9 de agosto de 2005."

"la tacha de inconstitucionalidad formulada por el demandante respecto de los artículos 64 y 66 de la ley 25.827 suscita el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa V.439.XL 'Vargas, Gerardo c/ ANSeS s/ reajustes varios' -considerando 3°-, fallada con fecha 20 de diciembre de 2005, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

"no obstante haberse notificado al organismo previsional de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma, circunstancias que llevan a declarar la deserción del remedio intentado."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.827arts. 64, 66 · Presupuesto general de la administracion nacional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • AndinoCSJN · Fallos 328:3041
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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