FLUTEC ARGENTINA SA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO
La Corte Suprema admitió el planteo de revocatoria de la actora, dejó sin efecto su sentencia anterior por error material y, al hacer lugar a la queja, revocó la sentencia apelada en una acción de amparo por el saldo de una cuenta corriente en dólares afectada por la normativa de emergencia. Resolvió remitir la causa al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Massa.
¿Quién es el actor?
Flutec Argentina S.A., representada por el Dr. Alejandro M. Colombres.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo por el saldo de una cuenta corriente en dólares estadounidenses afectada por la normativa de emergencia (ley 25.561, decretos 1570/01 y 214/02).
¿Qué se resolvió?
la Corte reconoció un error material en su sentencia de fs. 313, que había tratado la causa como si versara sobre un fondo común de inversión, cuando en realidad se trataba del saldo de una cuenta corriente bancaria. Por ello, admitió la revocatoria, dejó sin efecto el pronunciamiento de fs. 313, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando que el tribunal de origen dicte un nuevo fallo según el precedente "Massa". Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se incurrió en un error material en la sentencia dictada a fs. 313 de los autos principales, pues se decidió como si se tratara de un fondo común de inversión cuando del cotejo de las presentes actuaciones surge de modo inequívoco que la actora promovió la acción de amparo con relación al saldo de una cuenta corriente en dólares estadounidenses, que resultó afectado por la normativa de emergencia".
"En tales condiciones, corresponde hacer excepción al principio establecido por esta Corte referente a que sus sentencias son irrecurribles ... y admitir el planteo de reposición deducido por la actora".
"En lo relativo a ello y, en razón de que, como se señaló, el reclamo de la actora versa sobre el saldo de una cuenta corriente abierta en una entidad bancaria resulta aplicable al caso de autos el criterio establecido por el Tribunal en el precedente 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir ... en razón de brevedad. El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."
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Normas que cita
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
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