JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GOMEZ JOSE ROBERTO Y OTRA c/ CITY BANK Y OTROS s/ACCION DE INCONST.

La Corte Suprema admitió parcialmente el recurso extraordinario y revocó en parte la sentencia de la Cámara Federal de La Plata en el reclamo de los actores por la desafectación de depósitos bancarios. El tribunal remitió a precedentes (Rodríguez, Ramona y Velo de Ipola) para resolver las distintas situaciones planteadas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 59. XLVI. REX
Depositos bancarios Desafectacion Corralito Emergencia economica Accion de inconstitucionalidad Recurso extraordinario Fallos 331:901 Fallos 331:2316 Velo de ipola City bank

¿Quién es el actor?

José Roberto Gómez y otra.

¿A quién se demanda?

City Bank y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de inconstitucionalidad vinculada a la desafectación de depósitos bancarios dispuesta por las normas de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance indicado en los considerandos. Se impusieron las costas por su orden y se devolvieron las actuaciones al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2): "teniendo en cuenta las circunstancias que se presentan en autos y siempre que no se trate de los supuestos examinados en el considerando que sigue, los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en la causa 'Rodríguez, Ramona' (Fallos: 331:901) a cuyos fundamentos se remiten. Los jueces Lorenzetti y Fayt se remiten a sus votos emitidos en la mencionada causa. Por su parte, la jueza Highton de Nolasco se remite, en lo pertinente, a sus fundamentos expresados en el caso 'Cabrera' (Fallos: 327:2905)."

Considerando 3): "en lo relativo a las desafectaciones realizadas para aplicar su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la adquisición de inmuebles, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en el precedente 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, a cuyos fundamentos se remiten por razones de brevedad (confr., en el mismo sentido, causa 'Ramos' (Fallos: 331:2316) cons. 5° y 6°)."

Nota: el fallo no desarrolla fundamentos propios; la solución se apoya en remisiones a precedentes, y la parte dispositiva indica que la revocación parcial se circunscribe a lo expresado en esos considerandos.

Fallos que cita

  • Rodríguez, RamonaCSJN · Fallos 331:901
  • CabreraCSJN · Fallos 327:2905
  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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