CASELLAS CARLOS ALBERTO c/ PEN - LEY 25561 - DTO 1570/01 - 214/02 s/AMPARO LEY 16986
El actor, titular de un depósito en una mutual, reclamó contra el Estado Nacional y el Banco Central por la restricción de la disponibilidad de sus fondos en el marco de la ley 25.561. La Corte Suprema, por mayoría, dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho del actor a obtener el reintegro de su depósito en los términos del precedente Massa, y desestimó el recurso del Banco Credicoop.
¿Quién es el actor?
Carlos Alberto Casellas, por derecho propio.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (PEN - Ministerio de Economía), Banco Central de la República Argentina, Sociedad Militar Seguro de Vida Institución Mutualista y Banco Credicoop Cooperativo Limitado (este último sólo como recurrente en la instancia extraordinaria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo contra las restricciones a la disponibilidad de depósitos bancarios y mutuales impuestas por la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional, del BCRA y de la Sociedad Militar Seguro de Vida; por mayoría se dejó sin efecto la sentencia apelada, declarándose el derecho de la actora a obtener el reintegro de su depósito en los mismos términos y condiciones del precedente "Massa". Se desestimó el recurso extraordinario del Banco Credicoop. Costas de esta instancia en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las consideradas por esta Corte en la causa 'Della Ghelfa' (Fallos: 330:2074), a la que corresponde remitirse en razón de brevedad. Por lo tanto, de acuerdo con lo decidido en tal precedente, resulta aplicable en estos autos el criterio establecido por el Tribunal en el precedente 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente."
"El juez Fayt se remite a su voto emitido en la causa 'Massa' citada."
"La jueza Argibay se remite a su disidencia en la mencionada causa 'Della Ghelfa'."
"Que en relación al recurso extraordinario interpuesto por el Banco Credicoop no se advierte que la decisión apelada ocasione al apelante un gravamen que pueda dar sustento al recurso planteado."
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
Fallos que cita
- MassaCSJN · 15/08/2006 · Fallos 329:5913
- Della GhelfaCSJN · Fallos 330:2074
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