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Corte Suprema

RABOLINI GERMAN ADOLFO c/ EN-M ECONOMIA-RESOL 73/02 s/AMPARO LEY 16986

El actor promovió amparo contra el Estado Nacional por la modificación de la moneda de pago de bonos públicos dispuesta por el decreto 471/02. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, aplicando la doctrina del precedente Galli sobre las facultades del Estado para reestructurar la deuda pública en épocas de grave crisis económica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 421. XLIII. REX
Bonos publicos Decreto 471/02 Modificacion de moneda de pago Emergencia economica Reestructuracion de deuda publica Derecho de gentes Facultades del estado Precedente galli Precedente brunicardi Amparo.

¿Quién es el actor?

Germán Adolfo Rabolini, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía), en el marco de la resolución 73/02.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestionamiento de la modificación de la moneda de pago de bonos regidos por la legislación argentina dispuesta por el decreto 471/02.

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y rechazó la demanda. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Una adecuada inteligencia del mencionado precedente 'Galli' permite afirmar que en esa causa la Corte no se limitó a resolver lo relativo a la modificación de la moneda de pago dispuesta por el decreto 471/02 respecto de los bonos regidos por la legislación argentina sino que estableció una doctrina de amplios alcances con respaldo en un principio de derecho de gentes cuya existencia ya había sido afirmada por el Tribunal en el precedente 'Brunicardi, Adriano C. c/ Estado Nacional (BCRA)' (Fallos: 319:2886)".

"...en lo concerniente a las facultades del Estado, respecto de la posibilidad de que en épocas de graves crisis económicas limite, suspenda o reestructure los pagos de la deuda para adecuar sus servicios a las reales posibilidades de las finanzas públicas, a la prestación de los servicios esenciales y al cumplimiento de las funciones estatales básicas que no pueden ser desatendidas".

El Tribunal remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos de "Galli" (Fallos: 328:690), citando los votos de los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda, Zaffaroni y Argibay.

Normas que cita

Fallos que cita

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