BONGIOVANNI HORACIA Y OTRO c/ PEN s/AMPARO LEY 16986
La Corte Suprema declaró inoficioso un pronunciamiento sobre los depósitos en el Banco Galicia por acuerdo de las partes y mal concedido el recurso extraordinario del Banco Central por extemporáneo. Hizo lugar parcialmente a los recursos de los actores y del Estado Nacional, revocó parcialmente la sentencia y ordenó determinar el crédito de los actores conforme a los precedentes Massa y Kujarchuk.
¿Quién es el actor?
Horacia Bongiovanni y otro.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional), con intervención del Banco Central de la República Argentina y entidades bancarias (Banco de Galicia S.A., Scotiabank Quilmes, Banco Comafi).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares afectados por la pesificación dispuesta por la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, mediante acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inoficioso el pronunciamiento respecto del recurso del Banco de Galicia por acuerdo de partes; se declaró mal concedido el recurso del BCRA por extemporáneo; se declararon procedentes los recursos de la parte actora y del Estado Nacional, revocando parcialmente la sentencia apelada y ordenando determinar el crédito de los actores conforme a la doctrina de "Massa" y "Kujarchuk". Costas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Respecto de los depósitos en el Banco de Galicia: "resulta inoficioso un pronunciamiento del Tribunal en virtud del acuerdo al que han llegado las partes (confr. fs. 226)".
Respecto del recurso del BCRA: "toda vez que el recurso de apelación interpuesto por el Banco Central de la República Argentina contra la sentencia de primera instancia fue presentado de modo extemporáneo (confr. constancia de fs. 375), se declara mal concedido el recurso extraordinario deducido por esa entidad".
Respecto del depósito en el Scotiabank Quilmes: "las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en las causas 'Massa' (Fallos: 329:5913) y R.1673.XLI 'Ricci, Herminia Alicia Silverio c/ P.E.N. s/ amparo', sentencia del 11 de septiembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad." Se agrega que el juez Fayt se remite a lo expuesto en "Piriz" (Fallos: 330:331).
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Constitución Nacional
- Ley 16.986
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