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Corte Suprema

INVERNIZZI SILVIA ANA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en causas de depósitos bancarios afectados por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER e intereses del 4% anual, con exclusión de los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 95. XLVI. REX
Pesificacion Depositos bancarios Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 214/02 Cer Reintegro de depositos Amparo Intereses 4% anual Derecho de propiedad

¿Quién es el actor?

Maximiliano del Carmen Ávila y otros depositantes (causas acumuladas: Zurita, Caputo, Arrigoni, De Leo, Dzysiuk, Sansonetti, Perdigues, Invernizzi, Galsman).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (PEN), en el marco de la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo contra la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares estadounidenses dispuesta por la normativa de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. En virtud del precedente "Massa", reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable. Los pagos parciales realizados por el banco (incluidos los derivados de medidas cautelares) se computan como pagos a cuenta según el precedente "Kujarchuk". Se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas, adquisición de inmuebles o automotores). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones de los precedentes "Massa" (Fallos: 329:5913) y "Piriz" (Fallos: 330:331, voto del juez Fayt), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. Asimismo, la Corte aplica el mecanismo de cómputo de pagos a cuenta establecido en "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680).

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