D'ALFONSO RENATO c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986
El actor promovió amparo contra el Estado Nacional y el Banco Central por la pesificación de depósitos bancarios y de un fondo común de inversión, en el marco de la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto la sentencia apelada, rechazó la demanda respecto del fondo común de inversión y reconoció el derecho del actor a la restitución de su depósito bancario con ajuste CER e intereses del 4% anual, siguiendo los precedentes Massa y Mata Peña.
¿Quién es el actor?
Renato D'Alfonso.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02), Banco Central de la República Argentina y entidades bancarias intervinientes (Banco Piano S.A. y Citibank N.A. Sucursal Buenos Aires).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares y de cuotas de un fondo común de inversión, mediante acción de amparo (ley 16.986).
¿Qué se resolvió?
Se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada. Respecto del fondo común de inversión se rechaza la demanda. Respecto de los depósitos bancarios se reconoce el derecho del actor a obtener el reintegro del depósito convertido a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas durante el pleito y en cumplimiento de medidas cautelares. Se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913) en lo referente a los depósitos bancarios, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. El juez Fayt se remite a las consideraciones de su voto en "Piriz" (Fallos: 330:331). En cuanto al fondo común de inversión, aplica el criterio de "Mata Peña" (Fallos: 330:5111). En el considerando se expresa: "Que en lo que respecta al fondo común de inversión resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en el precedente 'Mata Peña'". El reconocimiento del derecho sobre depósitos se formula "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara".
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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