JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ROVIRA IRMA ALBA c/ MODO S.A. LINEA 151 INTERNO 13 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra la empresa de colectivos y su aseguradora. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, limitando la ejecución contra la aseguradora a los términos de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 272. XLVI. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Accidente de transito Transporte publico de pasajeros Limites de la contratacion Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Danos y perjuicios Citacion en garantia

¿Quién es el actor?

Irma Alba Rovira.

¿A quién se demanda?

Modo S.A. (Línea 151) y, en garantía, Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

la mayoría declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia del contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas en el orden causado no: se impusieron con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remitió a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna", sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones dio por reproducidas. Se citó el art. 16, segunda parte, de la ley 48.

¿Cómo votaron los jueces?

la ministra consideró que la apelante no cumplió con uno de los recaudos del art. 1° de la acordada 4/2007, por lo que declaró mal concedido el recurso extraordinario. Esta posición no fue la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • NietoCSJN · Fallos 329:3054
  • CuelloCSJN · Fallos 331:379
  • CuelloCSJN · Fallos 330:3483
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.