VIDELA JOSE EDUARDO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La Administración Nacional de la Seguridad Social recurrió en queja una sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reajustó haberes previsionales de José Eduardo Videla. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia, aplicando el criterio de movilidad fijado en el precedente Cirillo, que extiende el criterio de Badaro a períodos posteriores.
¿Quién es el actor?
José Eduardo Videla.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Cirillo". Los restantes agravios de la recurrente fueron declarados inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión que se plantea en autos relacionada con la extensión del criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa, ha sido resuelta por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
"Que los restantes agravios de la recurrente son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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