ROJAS VIEYPA ANA CRISTINA Y OTROS c/ VAZQUEZ ALEJANDRO JAVIER Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema declaró procedente la queja de los deudores y admisibles los recursos extraordinarios de ambas partes, revocando lo decidido por la Cámara sobre el modo de calcular el monto de la ejecución hipotecaria. Además, dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 25.798 y 25.908, y declaró inaplicable la ley 26.497, remitiendo la cuestión a lo previsto por la ley 26.167.
Actor (acreedor ejecutante): Ana Cristina Rojas Vieyra y otros.
Demandado (ejecutados/deudores): Alejandro Javier Vázquez y Alejandra Susana Di Filippo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución de un mutuo hipotecario, cuyo monto debía determinarse conforme a las normas de emergencia económica (pesificación, reajuste CER/CVS e intereses).
¿Qué se resolvió?
se revocaron los fallos apelados en cuanto al modo de calcular el monto de la ejecución y en cuanto declaraban inconstitucionales las leyes 25.798 y 25.908; se declaró inaplicable la ley 26.497; las costas se impusieron en el orden causado. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para cumplir con el trámite de la ley 26.167.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas, en lo pertinente, a las decididas por el Tribunal en la causa 'Rinaldi' (Fallos: 330:855, votos concurrentes), cuyos fundamentos corresponde dar reproducidos por razón de brevedad. El juez Petracchi se remite a su voto en las causas 'Lado Domínguez' (Fallos: 330:2795)."
"No obstante ello, la determinación de la deuda por el juez, en su caso, no podrá ser inferior al importe que resulte de lo decidido por la cámara, en tanto la sentencia sólo ha sido apelada por la actora y los propios ejecutados han defendido la aplicación de la ley 26.167."
Antecedente: la Cámara (Sala D) había dispuesto la transformación de la deuda a la paridad 1 peso = 1 dólar desde el 4/2/2002, reajustable por CER/CVS, con interés del 18% anual hasta el 4/2/2002 y del 8% anual desde allí; la Corte difirió la consideración de la queja hasta resolver las leyes de refinanciación hipotecaria.
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Normas que cita
- Ley 25.798Sistema de refinanciacion hipotecaria
- Ley 25.908Sistema de refinanciacion hipotecaria
- Decreto 1284/03
- Ley 26.167Emergencia publica
- Ley 26.497Sistema de refinanciacion hipotecaria
Fallos que cita
- RinaldiCSJN · Fallos 330:855
- Lado DomínguezCSJN · Fallos 330:2795
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