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Corte Suprema

LADO DOMINGUEZ RAMON ALBERTO c/ DELRISO RUBEN Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

Un ejecutado y el Banco de la Nación Argentina cuestionaron, mediante recursos extraordinarios, la sentencia de la Cámara que declaró inconstitucional el régimen de refinanciación hipotecaria y fijó el modo de calcular el monto de la ejecución hipotecaria. La Corte Suprema declaró procedentes las quejas, revocó lo resuelto en esos puntos y rechazó la inaplicabilidad de la ley 26.167 planteada por el actor, remitiendo a los fundamentos de la causa Rinaldi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1167. XLII. RHE
Ejecucion hipotecaria Refinanciacion hipotecaria Emergencia economica Inconstitucionalidad Ley 25.798 Ley 25.908 Ley 26.167 Recurso extraordinario Costas art. 558 cpccn Vivienda unica y familiar.

¿Quién es el actor?

Ramón Alberto Lado Domínguez (ejecutante).

¿A quién se demanda?

Rubén Delriso (ejecutado), y el Banco de la Nación Argentina (agente fiduciario/parte recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria derivada de un mutuo otorgado en el marco del régimen de refinanciación hipotecaria (leyes 25.798 y 25.908 y decreto 1284/2003), y planteos de inaplicabilidad de la ley 26.167.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes las quejas y formalmente admisibles los recursos extraordinarios del ejecutado y del Banco; se revocó el fallo de la Cámara en cuanto al modo de calcular el monto de la ejecución y en cuanto declaró la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria; se rechazaron los planteos de inaplicabilidad de la ley 26.167 formulados por el actor, por haber sido el mutuo declarado elegible por el Banco y por ser inexacto el incumplimiento de requisitos de destino y vivienda única, además de tratarse de una reflexión tardía. Las costas de la ejecución se impusieron según el art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes de inconstitucionalidad y refinanciación, que se imponen en el orden causado. Se devolvieron los autos al tribunal de origen para cumplir el trámite de la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razón de brevedad, a las consideraciones de la causa R.320.XLII "Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecaria" (15/3/2007), por considerar que las cuestiones son sustancialmente análogas. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa R.320.XLII... cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." Respecto del planteo del actor: el alegado incumplimiento de los requisitos de destino y de tratarse de vivienda única y familiar "resulta inexacto en virtud de lo que surge de la copia del contrato agregada a fs. 2/6", y además "fruto de una reflexión tardía al no haber sido introducido en oportunidad de cuestionar el régimen de refinanciación hipotecaria que establecía idéntico recaudo".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra s/ ejecución hipotecariaCSJN · 15/03/2007

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