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Corte Suprema

BIRMAN MARCELO GUSTAVO c/ TRANSPORTES UNIDOS DE MERLO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía y revocó la sentencia de primera instancia. Resolvió que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado y que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato de seguro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 227. XLVII. REX
Franquicia contractual Seguro de responsabilidad civil Oponibilidad al tercero damnificado Citada en garantia Limites de la contratacion Accidente de transito Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Danos y perjuicios Acordada 4/2007.

¿Quién es el actor?

Marcelo Gustavo Birman.

¿A quién se demanda?

Transportes Unidos de Merlo SA y otros; Metropol Sociedad de Seguros Mutuos, citada en garantía, recurrente ante la Corte.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se revocó la decisión apelada, admitiéndose que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en los precedentes 'Nieto', 'Villarreal' y 'Cuello' (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483) y en las causas O.166.XLIII. 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII. 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La decisión se fundó en remitir a esos precedentes, sin desarrollo argumental propio en el voto mayoritario.

¿Cómo votaron los jueces?

la Dra. Carmen M. Argibay votó por declarar mal concedido el recurso extraordinario, por incumplimiento de los requisitos del art. 1° de la acordada 4/2007. Esta postura no es la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • Acordada 4/2007art. 1

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