JurisprudenciaARG
Corte Suprema

DONDA ARTURO JOSE Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL M° DE DEFENSA s/ORDINARIO

Los actores promovieron demanda contra el Estado Nacional – Ministerio de Defensa reclamando por sus derechos en el marco de un reclamo análogo al resuelto en el precedente Salas. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios y hizo lugar a las demandas, remitiendo a los fundamentos de Salas y sin imposición de costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 550. XLVI. REX
Recurso extraordinario Remision a precedente Cuestiones analogas Estado nacional Ministerio de defensa Ordinario Art. 16 ley 48 Costas por su orden Precedente salas Demanda ordinaria

¿Quién es el actor?

Arturo José Donda y otros (causa D.550.XLVI); Jorge Beceiro y otros (B.887.XLVI); Elba Bello y otros (B.890.XLVI); Juan Benito Copello y otros (C.1150.XLVI); Hugo Alfredo Moretti y otros (M.12.XLVII).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto de la sentencia; la pieza remite a las consideraciones del precedente "Salas" (S.302.XLIV, sentencia del 15 de marzo de 2011), por lo que el detalle del reclamo debe consultarse allí.

¿Qué se resolvió?

Se declaran admisibles los recursos extraordinarios y se hacen lugar a las demandas con el alcance indicado en "Salas" (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos de los actores suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa: S.302.XLIV. 'Salas, Pedro Ángel y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ amparo', sentencia de fecha 15 de marzo de 2011, a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Salas, Pedro Ángel y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ amparoCSJN · 15/03/2011

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.