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Corte Suprema

CATALDO JUAN CARLOS Y OTRA c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema admitió la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia que había hecho lugar al amparo, rechazando la demanda en los términos de la sentencia, por aplicación del criterio fijado en los precedentes Velo de Ipola y Ramos. Las costas se impusieron por su orden en atención a la complejidad de la cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 218. XLVII. RHE
Amparo Recurso extraordinario Recurso de queja Criterio velo de ipola Precedente ramos Rechazo de demanda Costas por su orden Estado nacional Banco macro

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Cataldo y otra.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y rechazó la demanda. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas V.247.XLIII 'Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparo', sentencia del 25 de agosto de 2009, y 'Ramos' —considerandos 5° y 6°— (Fallos: 331:2316) a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

Nota: la sentencia es breve y no desarrolla fundamentos propios; remite por brevedad a los precedentes citados. No hay votos en disidencia.

Fallos que cita

  • Velo de Ipola, Roberto Miguel y otros c/ Ministerio de Economía de la Nación s/ amparoCSJN · 25/08/2009
  • RamosCSJN · Fallos 331:2316

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